IGLESIA PENTECOSTAL "PUERTA DE SANIDAD", INC.
CONSTITUCIÓN
PREÁMBULO
Nosotros, los miembros de la Iglesia Pentecostal "Puerta De Sanidad", Inc. en Cleveland, Ohio en obediencia fiel a la voluntad y los propósitos de Dios, como han sido revelados a través de nuestro Señor Jesucristo, solemnemente promulgamos esta Constitución para nuestra iglesia.
Esta Constitución estará en armonía con la Palabra de Dios y será nuestra guía para ejercer el ministerio que Dios ha puesto en nuestras manos.
ARTICULO I
EL NOMBRE
El nombre de esta congregación será: Iglesia Pentecostal "Puerta De Sanidad", Inc.
ARTICULO II
LOS PROPÓSITOS
Los propósitos de esta congregación serán representar y ser parte del cuerpo vivo de Cristo en el mundo:
- Proclamando el Evangelio de Jesucristo en obediencia fiel a la voluntad y a los propósitos de Dios, de modo que su amor sea conocido y su Palabra obedecida por todas las personas.
- Reclutando discípulos, enseñándolos y capacitándolos para que crezcan en el conocimiento de la voluntad de Dios revelada en el Evangelio de Cristo, facilitado su comprensión de las implicaciones del Evangelio para sus vidas, y retándolos a asumir un compromiso de fe para ejercer el discipulado cristiano.
- Proveyendo oportunidades de crecimiento y desarrollo espiritual a través de la adoración, la práctica de las disciplinas cristianas, y experiencias variadas de vida en comunidad.
- Sirviendo a la comunidad de la cual la iglesia es parte.
- Trabajando cooperativamente con cristianos de otras denominaciones y comuniones cristianas, y en la expresión activa de ese compromiso interdenominacional, esforzarnos intencionalmente por lograr la unidad del Cuerpo de Cristo en la tierra.
ARTICULO III
LOS MIEMBROS
Los miembros de esta congregación son parte de la Familia de Dios en la tierra, y serán admitidos a ella como tales, de las siguientes maneras:
1. Aquellos que ahora son miembros de la congregación.
2. Aquellos que se unan a esta familia por medio de la confesión de fe en Jesucristo como Salvador y Señor, dando muestra de su fe y compromiso a través del bautismo y su dedicación en el servicio cristiano.
3. Aquellos que son cristianos confesantes y militantes, y que desean unirse por medio de traslado de su membresía en otra iglesia cristiana, reafirmando así su fe y dedicación a Jesucristo.
4. Aquellos que se unan por medio de reconciliación con El Señor Jesucristo dando evidencia de vida nueva y que asista por lo menos (4) meses y que este aportando sus diezmos.
5. Para hacerse miembro debe ser Mayor de 13 años y que cumpla los demás requisitos.
ARTICULO IV
DERECHOS, PRIVILEGIOS Y RESPONSABILIDADES DE LA CONGREGACIÓN
La congregación administrará sus asuntos a la luz de las enseñanzas y bajo el Señorío de Jesucristo, organizando y llevando a cabo su misión y testimonio de acuerdo a lo estipulado en su declaración de propósitos en el Artículo II de esta Constitución. Los derechos y privilegios de la Congregación se intersecan mutuamente con los deberes y responsabilidades inherentes a la ejecución de sus propósitos. Dichas responsabilidades son las siguientes:
- Proclamar el Evangelio por todos los medios que considere legítimos y de acuerdo con la ética cristiana.
- Proveer para el crecimiento de sus miembros a través de la enseñanza, el cultivo de la vida devocional, el compañerismo cristiano y el trabajo cooperativo.
- Organizar programas y actividades de servicio, que respondan a necesidades humanas concretas dentro y fuera de su comunidad.
- Mantener un alto grado de fidelidad en el ejercicio de la mayordomía cristiana, allegando recursos para el desempeño y sostenimiento de su misión local, y compartiendo proporcionalmente para la realización del trabajo y testimonio de la Iglesia Pentecostal "Puerta De Sanidad", Inc. en Cleveland Ohio, en Estados Unidos y en el mundo.
- Evitar todo prejuicio racial, cultural, social, sexista, y de todo género, en la ejecución de su programa y misión.
- Establecer su política financiera y aprobar su presupuesto anual.
- Poseer, usar, mantener y proteger sus propiedades con la conciencia de que como iglesia es sierva de Cristo en el mundo, y de que sus propiedades pertenecen al Reino de Cristo, habiendo sido puestas temporalmente bajo su administración y custodia.
- Promover el concepto de que la iglesia es una Hermandad Universal, demostrándolo por medio de la cooperación con las iglesias de otras denominaciones, manteniendo normas éticas de respeto y buena voluntad hacia ellas, y esforzándose por fortalecer las bases ecuménicas existentes, o las que surjan en el futuro.
- Velar por el bienestar de su ministro(s) con amor, lealtad y honor.
- Solicitar ayuda y consejo del Ministro Regional, y otros oficiales pertinentes de la Iglesia Pentecostal "Puerta De Sanidad", Inc. en Cleveland, OH, cuando de su propia iniciativa y discreción crea necesitarla.
- Participar con voz y voto, por medio de su ministro(s) y otros delegados, de las Asambleas Bienales de la Iglesia Pentecostal "Puerta De Sanidad", Inc. en Cleveland, OH.
- Participar activamente y promover la presencia y testimonio del Ministerio Hispano de nuestra Iglesia en los Estados Unidos, como expresión singular y con identidad propia dentro de la realidad de pluralismo y diversidad cultural de esta sociedad.
ARTICULO V
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y FUNCIONAL DE LA IGLESIA
LA ASAMBLEA CONGREGACIONAL
La Asamblea Congregacional es el organismo de máxima autoridad para implantar programas y hacer toda determinación inherente a la realización de los propósitos de la iglesia.
Para darle continuidad a su trabajo, la Asamblea Congregacional crea, ordena y establece una Junta General, y delega en ella todos sus poderes y prerrogativas, excepto:
- La aprobación final de su plan de trabajo anual.
- La aprobación de su presupuesto anual.
- El poder de nombrar: El Consejo Ejecutivo, Ancianos (hombres y mujeres), Diáconos (hombres y mujeres), los presidentes y miembros de los Ministerios, y el Comité de Nominaciones.
- El poder de seleccionar su liderato ministerial, conforme a los reglamentos de la Iglesia Pentecostal "Puerta De Sanidad", Inc. en Cleveland, OH.
- El poder de dar por terminado los servicios ministeriales según las disposiciones de los referidos reglamentos.
- La autoridad para comprar, vender, o gravar sus propiedades en conformidad con la Constitución de la Iglesia Pentecostal "Puerta De Sanidad", Inc. en Cleveland, OH.
- Considerar y aprobar todo plan de construcción o mejora cuyo costo exceda los $1,000.00.
- Los propósitos y frecuencia de la Asamblea Congregacional serán estipulados en el Reglamento.
LA JUNTA ADMINISTRATIVA
La congregación tendrá una Junta Administrativa que será responsable de todos sus asuntos, cuando la congregación no esté reunida en Asamblea.
La Junta Administrativa será responsable de recibir los informes de su ministro(s), oficiales, los presidentes de los diferentes ministerios, y los representantes de las organizaciones de los grupos constitutivos de la iglesia. Formulará el programa y presupuesto de la congregación sometiéndolos a la aprobación final de la Asamblea Congregacional. También será responsable por conducir todos los negocios legales de la congregación, y ejecutar todas aquellas otras responsabilidades establecidas en el Reglamento.
La composición de la Junta Administrativa, su forma de elección, y la frecuencia de sus reuniones, será establecida en el Reglamento.
EL CONSEJO EJECUTIVO
La congregación tendrá un Consejo Ejecutivo, que servirá como Cuerpo de Oficiales y Síndicos, y en tal capacidad representarán a la congregación en todo asunto legal y fiscal, y para el cual la congregación (o la Junta Administrativa) hubiere dado una determinación. En situaciones de emergencia, o ante la imposibilidad práctica de que la Junta Administrativa se reúna, el Consejo Ejecutivo tendrá la autoridad de actuar en nombre de la Congregación.
La composición del Consejo Ejecutivo, y su forma de elección será establecida en el Reglamento.
EL CUERPO DE ANCIANOS
La congregación tendrá Ancianos, hombres y mujeres, que se organizarán en un cuerpo para llevar a cabo las funciones bíblicas que les corresponden. Estas funciones son de tipo pastoral y dirección espiritual, llevadas a cabo en coordinación y armonía con la labor pastoral del ministro(s). Sus calificaciones y responsabilidades serán establecidas en el Reglamento.
EL CUERPO DE DIÁCONOS
La congregación tendrá Diáconos, hombres y mujeres, que organizarán en un cuerpo, para llevar a cabo funciones de cuidado y servicio a la congregación. Sus calificaciones y responsabilidades serán establecidas en el Reglamento.
LOS MINISTERIOS
La congregación organizará su trabajo y misión a través de diversos ministerios, que estarán organizados como comisiones de trabajo en las áreas o funciones históricas tales como: Evangelismo; Membresía y Vida Fraternal; Adoración y programa; Educación Cristiana; Mayordomía y Finanzas; Acción Social ; Alcance Misionero; y Propiedad.
Además de estos Ministerios generales, la congregación establecerá Comités Permanentes: Promoción y Desarrollo; Relaciones Pastorales; y Nominaciones.
La congregación y la Junta Administrativa, podrán establecer todos aquellos otros comités que estime necesario y a medida que las complejidades de su programa lo exijan.
La forma de elección y descripción de responsabilidades de los Ministerios y los Comités, serán establecidos en el Reglamento.
ARTICULO VI
ENMIENDAS A LA CONSTITUCIÓN
Esta Constitución podrá ser enmendada en cualquier Asamblea, Ordinaria o Extraordinaria, de la Congregación si el texto de la enmienda fuese sometido con tiempo a la consideración de la Junta General para su endoso, y circulare entre los miembros de la congregación, a lo menos con trenta (30) días de anticipación a la fecha de la Asamblea. Recibirá aprobación, toda enmienda que contare con las dos terceras partes (2/3) de votos a favor, del total de miembros presentes en la Asamblea, entrando en vigor inmediatamente.
ARTICULO VII
REGLAMENTO INTERNO
Esta Constitución ordena que se establezca un Reglamento de la Iglesia, para implantar las estipulaciones dadas por esta Constitución. En igual forma se ordena la redacción de un Manual de Operaciones, que le ofrezca dirección y formalice los procedimientos administrativos de la iglesia en todas sus áreas de misión.
Este manual servirá como instrumento de capacitación al liderato presente y futuro de la congregación.
ARTICULO VIII
VIGENCIA
Esta Constitución tendrá vigencia tan pronto sea aprobada por la Asamblea Congregacional.

